La DGT advierte: A partir del 1 de enero todos aquellos que conduzcan sin corrección visual en caso de precisarla, se arriesgan a una multa de 200€.

Si eres usuario de gafas o lentillas, conoces la importancia de llevarlas puestas siempre y más si es a la hora de conducir, donde son imprescindibles para ver bien y evitar accidentes.

Hace años, si en tu carnet indicaba que eras usuario de gafas, era obligatorio llevar unas de repuesto en la guantera. Actualmente la Ley no obliga a ello, aunque sea aconsejable, ya que en cualquier momento les puede pasar algo a las tuyas y necesitar unas de repuesto.

Hoy en día, lo que sí es obligatorio es llevar la corrección que indica tu carnet.
En el reverso de tu carnet de conducir, en la esquina abajo izquierda, aparece el apartado 12, que indica observaciones:

  • 01.01 Gafas
  • 01.02 Lentes de contacto
  • 01.03 Cristal de protección
  • 01.04 Lente opaca
  • 01.05 Recubrimiento del ojo
  • 01.06 Gafas o lentes de contacto
  • 01.07 Ayuda óptica específica

¿Entonces, si en el carnet pone que necesito gafas para conducir y llevo lentes de contacto, me multarán?

Si en tu carnet de conducir, indica en el apartado 12: 01.01, debes llevar gafas como corrección visual, si llevas lentillas pueden multarte, sí. Si utilizas de forma independiente gafas y lentillas, entonces en tu carnet debe aparecer el código 01.06.

Para evitar sobresaltos lo mejor es actualizar los datos en tu documentación. Esto debes hacerlo en un centro de reconocimiento médico o psicotécnico que esté homologado por la Dirección General de Tráfico.

Renovar el carnet tras una cirugía ocular

Una de las razones por la que podemos sustituir el carnet es someternos a una cirugía ocular.

Según el reglamento de conductores, un mes después de la intervención (aportando el informe correspondiente), se puede obtener o prorrogar el permiso de conducir con una vigencia máxima de un año. En el carné, entonces, ya habrá desaparecido el código 01. Doce meses después, debe evaluarse de nuevo la vista: el centro de reconocimiento de conductores fijará el período de vigencia posterior.

Hasta que tengas el carnet renovado, lleva siempre contigo el informe de alta de cirugía, para en caso de que te paren, poder justificar la cirugía.